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Foto del escritorJuan Camilo Ángel

Derecho a la honra y al buen nombre

Actualizado: 23 may 2022

Muchos podrían pensar que cuando se hace referencia al derecho que tiene cada persona a su buena honra y buen nombre, se trataría a que todos tenemos el deber de respetar la reputación, trayectoria e imagen de otra persona, o, dicho de otra forma, que se trataría de una protección que tienen las personas frente a expresiones o informaciones falsas, injuriosas, ofensivas o tendenciosas que afectan el buen nombre, su intimidad o información personal -habeas data-, lo que, en término generales, resulta ser cierto.


Pues, aunque es normal percibir que en el día a día hay personas que están en acción de defender esos derechos que le son propios e inherentes, como en asuntos de injuria y calumnia, denuncias y demandas por publicaciones o suplantaciones en las redes sociales o de reclamos ante la SIC por correos electrónicos, mensajes de texto o cantidades de llamadas sin saber cómo los terceros obtuvieron la información personal, solo por poner unos ejemplos; lo cierto es que muchos colombianos ignoran no solo la funcionalidad integral y constitucional que tiene dicho derecho con respecto a la protección que brinda (artículo 15 C.P.), sino también, en los tipos de contextos en lo que se podría invocar este para su protección o prevalencia frente a aquellos casos en los que exista información falsa o se vulnera la intimidad de los datos personales, como pasa, mayormente, con el habeas data financiero.


Y es que, frente a ese tema en particular, la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC- reveló que el año pasado (2021) se recibieron más de 28.610 quejas de la ciudadanía relacionadas por temas de protección de datos personales, de las cuales el 90% de ellas están relacionadas con supuestas violaciones a la ley 1266 de 2008 (habes data), lo que nos permite concluir que dicho tema es uno de los que más cobra relevancia e interés en los colombianos, especialmente cuando se trata de la consecución de créditos para la vivienda y vehículo.



A raíz de tal asunto, recientemente hubo una novedad en el ordenamiento jurídico colombiano, puesto que, con la expedición de la ley 2157 de 2021, más conocida como la “Ley de Borrón y Cuenta Nueva”, se fortalecieron no solo los postulados jurídicos ya dispuestos por la ley 1266 de 2008 y 1581 de 2012, sino también los derechos que tienen los consumidores financieros con respecto a sus datos personales que reposan y son administrados por las centrales de riesgo -Datacrédito, CIFIN y Procrédito-, generando esto unos avances significativos en el área del habeas data financiero, específicamente con respecto a algunos temas relacionados con la eliminación de los datos reportados como negativos, en situaciones como:


- Amnistías para los se pongan al día en obligaciones durante el primer año de vigencia de esa ley y para quienes haya ya cancelado las obligaciones que tenían pendiente.

- Personas con deudas menores al 15% de un salario mínimo ($131.670) deberán comunicarle previamente, con por lo menos en 2 oportunidades, antes de reportarlo en centrales de riesgo.

- Eliminación de los datos negativos que hagan referencia al tiempo de mora, cobro, estado de cartera y aquellos que en general hagan alusión a un incumplimiento se les estableció un tiempo máximo de permanencia, el cual es de 8 años contados a partir de entrada en mora la obligación.

- La calificación o “score” crediticio se actualizará de inmediato cuando se elimine el reporte negativo.

- La consulta a la información crediticia será siempre gratis y no disminuirá su calificación.

- Se protege a las víctimas de suplantación personal. Bastará presentar la denuncia presentada ante la Fiscalía General de la Nación.


Ahora, a pesar de que dicha situación se representa como un gran avance, luego de más de 7 meses de vigencia de la ley, es todavía evidente como muchas de estas entidades que están obligadas a acatar dicha ley aún siguen haciendo todo lo posible por desconocerla, intentando, incluso, en algunos eventos sacarle provecho al desconocimiento general que existe sobre tales normativas, como lo hacen, por ejemplo, al cobrar carteras u obligaciones que ya están castigadas o que se han convertido en obligaciones naturales (aquellas que no se pueden ya reclamar por vía jurisdiccional o a través de demanda), como recientemente lo pude constatar y trabajar al atender varios casos relacionados con aquello.


Uno de ellos, por medio de interposición de tutela, y solo se pudo por esta vía por cuanto las centrales de riesgo, el banco y la SIC se negaron a través de derecho de petición a reponer el derecho, pudimos lograr que el dato negativo que reposaba del cliente fuera borrado de manera inmediata de los bancos de datos a raíz de una obligación que no pudo pagar el cliente hace más de 9 años por dificultades económicas, junto con la actualización de su “score” o puntaje crediticio, lo que le permitió acceder al crédito de vehículo al que aspiraba luego de salir a su favor la sentencia.



El otro caso, fue el de un cliente que no pudo acceder a su crédito hipotecario, por cuanto fue reportado en una de las centrales de riesgo por no pagar una de sus obligaciones durante el tiempo de emergencia sanitaria -pandemia-, pero la cual, posteriormente, fue cancelada por él a inicios del año 2021, por lo que, con la intervención jurídica que realizamos con invocación de la nueva ley, pudo gozar de sus beneficios al ser eliminado de manera instantánea el dato negativo y, por ende, lograr el financiamiento que necesitaba para la compra de su vivienda.


Este panorama, nos revela que cada día la información es uno de los activos más importantes que las personas tienen, puesto que es indispensable a que este tipo de información esté siempre acorde a la realidad, y más ahora que, según datos de la Superintendencia Financiera, hay más de 32 millones de colombianos con algún producto financiero, lo que, sin duda, hace que el habeas data financiero sea un asunto de gran envergadura para todos aquellos que quieren acceder o gozar de los beneficios que brinda el sistema financiero para lograr las metas o aspiraciones que han proyectado para sus vidas.

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